4.1. Delitos económicos.
Nuestro representado fue acusado por la Fiscalía General de la Nación por el delito de alzamiento de bienes. Según el ente acusador, nuestro cliente vendió un porcentaje accionario de una estructura societaria que se encontraba embargada como consecuencia de un proceso de alimentos iniciado en su contra.
La línea defensiva planteada por nosotros tenía por objeto demostrar que la conducta desplegada por nuestro prohijado era atípica, ya que la misma había sido desplegada sin la intención de perjudicar al acreedor. Asimismo, que la conducta estaba desprovista de antijuridicidad, toda vez que nunca se vulneró ni se puso en peligro el patrimonio económico de la denunciante en tanto que existían otros bienes que garantizan la obligación.
Sin embargo, nos vimos enfrentados a múltiples dificultades procesales, especialmente, que el proceso se encontraba en etapa juicio, lo que significaba tener que adelantar el debate probatorio con las solicitudes y con las estipulaciones probatorias realizadas por el defensor anterior, que sea de paso decirlo, no tenían la potencialidad de demostrar la inocencia de nuestro representado.
En este orden de ideas, nos vimos obligados a verificar si se habían cumplido las formalidades propias del proceso penal, logrando determinar que la querella que originó la acusación había sido interpuesta extemporáneamente. Situación que nos permitió solicitar la preclusión de la en favor de nuestro cliente y terminar anticipadamente el proceso.
4.1.2. La Fiscalía General de la Nación inició un proceso penal en contra de nuestro cliente por el delito de estafa agravada y falsedad en documento público. Según el ente acusador, nuestro representado había ofrecido a sus fieles cursos en consejería de familia con la falsa promesa de homologarlos en el exterior.
Nuestra estrategia se basaba en demostrar que nuestro representado no solo contaba con los permisos y acreditaciones para ofrecer cursos en teología y de aplicación psicológica a la consejería de familia en Colombia, sino que existían convenios con universidades extranjeras para la homologación de los títulos respectivos.
Sin embargo, antes de iniciar la audiencia de solicitud de pruebas y con el fin de evitar el juicio oral, logramos concretar un acuerdo restaurativo con las presuntas víctimas y, en consecuencia, la concesión de un principio de oportunidad en favor de nuestro cliente.
4.2. Delitos contra los derechos de autor.
Nuestros clientes acudieron a nosotros después de ser denunciados por los delitos de violación a los derechos morales de autor, defraudación de los derechos patrimoniales de autor y violación a los mecanismos de protección de los derechos patrimoniales de autor. Según el denunciante, nuestros prohijados se habían apropiado de un software de su creación para explotarlo económicamente en el marco de un contrato de outsourcing entre dos entidades bancarias.
Nuestra estrategia se centró en evitar que el proceso llegara a la etapa de juicio. En este orden de ideas, en la etapa de indagación, después de recaudar los elementos de prueba necesarios para la defensa de nuestros representados, presentamos una solicitud formal de archivo ante la Fiscalía General de la Nación en la que demostramos, en primer lugar, que los aportes realizadas por el denunciante al software objeto de discusión se habían materializado en el marco de un contrato de trabajo con una entidad bancaria, que su vez, contrató a nuestros clientes para replantear el software creado por el denunciante dado que no se ajustaba a sus necesidades y, en segundo lugar, que el aporte del denunciante no podía individualizarse en la obra final, ya que nuestros clientes tuvieron que ajustarlo completamente.
En este sentido, se logró evidenciar que no existía un aporte determinante ni significativo del denunciante que permitiera deprecar una relación de paternidad sobre la obra, lo que permitía concluir que las conductas denunciadas eran atípicas. Dichos argumentos fueron acogidos por la Fiscalía General de la Nación para archivar el proceso en favor de nuestros representados.
4.3. Delitos contra la vida e integridad personal.
Nuestro cliente acudió a nuestra firma para ser representado en un proceso penal que se adelantaba a en su contra por homicidio culposo y lesiones personales culposas. Según la Fiscalía General de la Nación, nuestro representado había creado un riesgo jurídicamente desaprobado al realizar tres aspersiones de gas por debajo de la puerta de un club nocturno que generó la muerte de siete personas y las lesiones de otras once personas, sin que se hubiera realizado, por parte de nuestro prohijado, una acción que evitara la concreción del riesgo creado en el resultado. Lo anterior, en el marco de un operativo policial que tenía como finalidad el cierre del club nocturno por funcionar sin los permisos correspondientes,
Nuestra estrategia se centró en establecer que no existía una relación entre las aspersiones de gas realizadas por nuestro representado y las muertes y las lesiones de las víctimas. En este sentido, logramos acreditar en juicio oral que después de las aspersiones referidas y de la salida con vida de diferentes personas del club nocturno, hubo un uniformado indeterminado que rompió el visor de la puerta, a la altura de las mucosas de un ser humano promedio, y esparció una sustancia no identificada, produciendo de esta forma, una estampida dentro del lugar y la asfixia mecánica de los occisos.
Unido a lo anterior, se sustentó en el desarrollo del juicio que la acción penal, tanto de los homicidios como de las lesiones, había prescrito. En este orden de ideas, logramos la absolución de nuestro cliente.
4.3.1. Después de tener una disputa física con uno de sus vecinos y de ser denunciado por lesiones personales, nuestro cliente acudió a nosotros para que lo representáramos en el proceso penal respectivo. Sin embargo, para ese momento, el juicio oral estaba a punto de iniciar, con la particularidad, que el abogado anterior no había solicitado ninguna prueba que permitiera ejercer de manera efectiva la defensa del procesado.
La estrategia inicial, consistió en solicitar una nulidad por falta de defensa técnica. Lo anterior, con la finalidad de retrotraer la actuación procesal hasta la audiencia preparatoria y, de esta forma, poder solicitar pruebas que permitieran controvertir las hipótesis fácticas de la fiscalía. No obstante, en el desarrollo de estas actuaciones surgió la posibilidad de indemnizar a la presunta víctima y de terminar anticipadamente el proceso. En este sentido, logramos solicitar la preclusión en favor de nuestro representado.
4.4. Delitos contra la familia.
La Fiscalía General de la Nación acusó a nuestro cliente por el delito de violencia intrafamiliar, argumentando que existían registros fílmicos que demostraban la presunta agresión sufrida por su compañera sentimental.
La estrategia planteada por nosotros fue indemnizar integralmente a la víctima y acudir a una terminación anticipada del proceso penal. En este orden de ideas, después de llegar a un acuerdo restaurativo con la denunciante y de cumplir con el mismo, la Fiscalía General de la Nación solicitó la preclusión de la acción penal en favor de nuestro representado.
4.5. Delitos contra la salud pública.
Nuestros clientes acudieron a la firma para ser representados en un proceso penal por el delito de tráfico de estupefacientes. Una familia de ciudadanos chilenos y colombianos fue detenida en el aeropuerto El Dorado antes de abordar el avión que los llevaría a Santiago de Chile con el fin de realizar un control sobre el equipaje.
Las autoridades encontraron en sus maletas seis envases de shampoo marca Amway, que al ser sometidos a la prueba preliminar PIPH, dieron positivo para cocaina. Tanto el padre como la madre fueron objeto de una imposición de media de aseguramiento en establecimiento carcelario, mientras que los niños quedaron en custodia del ICBF.
En este sentido, nuestro principal objetivo fue obtener la revocatoria de la medida de aseguramiento, argumentando la inexistencia de la inferencia razonada de autoría y acreditando que nuestros clientes no eran un peligro para la sociedad.
Asimismo, el segundo objetivo de la defensa que estábamos ejerciendo se centró en demostrar que los elementos químicos que componían los shampoos transportados por nuestros clientes reaccionaban positivamente ante las pruebas preliminares que se realizan en el aeropuerto. En este sentido, con nuestros clientes en libertad, acudimos a un perito químico que analizó las muestras y concluyó que no se trataba de alucinógenos sino de diferentes elementos químicos que al hacerlos reaccionar con el ácido nítrico, propio de la prueba PIPH, arroja un resultado positivo. Situación que nos permitió solicitar la preclusión en favor de nuestros clientes.
4.5.1. Nuestra firma también está comprometida con el servicio social, especialmente, en la representación de los intereses de los más necesitados. Nuestro cliente acudió a nosotros después de ser aprehendido con una dosis de marihuana que superaba los límites establecidos.
Nuestra estrategia se centró en acreditar que nuestro cliente era un consumidor habitual y que dicha dosis era para su consumo personal. En este orden de ideas, en sede de juicio oral
4.6. Delitos contra la libertad, integridad y formación sexual.
En este caso particular, uno de nuestros clientes fue objeto de una falsa denuncia por el delito de acceso carnal violento por parte de una mujer que quería presionarlo para obtener beneficios económicos injustificados.
En este sentido, la estrategia trazada fue demostrar que se trató de una relación sexual consentida y que la mujer quiso aprovecharse de dicha situación para beneficiarse económicamente. En este orden de ideas, se presentó una solicitud formal de archivo a la Fiscalía General de la Nación con sustento en una serie de pantallazos en los que la denunciante le manifestaba a nuestro prohijado que si no cumplía sus exigencias económicas lo denunciaría.
4.7. Delitos referentes a actos de discriminación.
Como consecuencia de las decisiones adoptadas por la junta directiva de un club social de la ciudad de Bogotá, en el marco de un proceso disciplinario adelantado en contra de uno de sus socios por conductas contrarias al reglamento interno, los miembros del cuerpo colegiado fueron denunciados por los delitos de actos de discriminación, hostigamiento, injuria y calumnia.
Nuestra estrategia se centró en acabar el proceso desde la fase de indagación para evitar el juicio correspondiente. En este orden de ideas, presentamos una solicitud formal de archivo a la Fiscalía General de la Nación, con base en un análisis fáctico, probatorio y jurídico del caso concreto, que permitió evidenciar que la conducta desplegada por los miembros de la junta directiva del club estaba desprovista de los elementos objetivos que caracterizan los delitos denunciados. El ente acusador acogió nuestros argumentos y archivó el proceso en favor de todos los miembros de la junta, incluida nuestra representada.
4.8. Delitos contra la contratación estatal.
Mediante oficio del 13 de mayo de 2016, la Contraloría de Cundinamarca manifestó que existían diferentes irregularidades que debían ser investigadas por la Fiscalía General de la Nación con relación a los contratos de obra pública celebrados por el municipio de en Cundinamarca.
Nuestra cliente, en calidad de jefe de planeación, estaba siendo investigado por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, ya que para la fiscalía habían existido deficiencias en la planeación de las obras públicas que se contrataron y que al final impidieron su correcta ejecución.
Sin embargo, desde la etapa de indagación logramos acreditar ante el ente acusador que nuestra representada cumplió y realizó todos los estudios previos necesarios que se requerían para la celebración de los contratos. De esta forma, se demostró que los problemas que se suscitaron en la ejecución de la obra no eran imputables a nuestra cliente, obteniendo, en consecuencia, el archivo del proceso en nuestro favor.
4.9. Casos exitosos en calidad de víctima.
También hemos representado los intereses de las víctimas. En este caso nuestro cliente fue atacado con una botella por dos individuos durante una fiesta de Halloween, agresión que le quitó la visión por un ojo y que estuvo a punto de acabar con su vida.
Nuestra estrategia se centró en demostrar que la agresión se había materializado por dos sujetos que llevaron a cabo un plan común para atacar a nuestro cliente y quitarle la vida. Si bien, la sentencia de primera instancia fue de carácter absolutorio dado que el juzgado concluyó que la agresión se había ejecutado únicamente por un individuo que no había sido proceso, ante el Tribunal Superior de Bogotá, en segunda instancia, a través de un recurso de apelación impetrado por nosotros, logramos demostrar que el sujeto acusado también había realizado aportes esenciales para la consumación del delito. Obteniendo una sentencia condenatoria que garantizaba los derechos de la víctima.
4.9.1. En un caso donde diferentes empleados de la compañía a la que representábamos, incluidos directivos, cobraron sumas de dinero por servicios no prestados a través de documentos falsos y de la adulteración de sistemas electrónicos en perjuicio de la empresa, logramos la condena de 10 personas, la indemnización integral de nuestros clientes y la obtención de información que permitiera la judicialización de otras personas involucradas.
Nuestra estrategia se centró en ofrecerle, junto con la Fiscalía General de la Nación, beneficios punitivos a los procesos a cambio de su aceptación de responsabilidad. Situación que nos permitió terminar el proceso anticipadamente a través de la celebración de preacuerdos.
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