“Tout pour le peuple, mais sans le peuple.” Todo para el pueblo, pero sin el pueblo. Tal vez para todos esta frase resulta particularmente familiar, ya que la recordamos en aquellos cursos de historia en el bachillerato, cuando nos explicaban los antecedentes de la revolución francesa. Someramente, en palabras sumamente generales, en el siglo XVIII la monarquía europea sufrió un golpe brutal que provenía de La Ilustración, donde pensadores como Hobbes, Voltaire, Rousseau y Montesquieu se atrevieron a desafiar las bases mismas de la composición social, debatiendo la legitimidad “divina” que recaía en los reyes, transpolando tal legitimación al pueblo. Al ver a estas ideas con gran vocación revolucionaria, las monarquías absolutas del antiguo régimen, adoptan muchos de estos postulados en sus gobiernos generando supuestos paternalistas donde se buscaba beneficiar al pueblo en distintos aspectos, pero se cercenó completamente la participación popular en la toma de las decisiones que los afectaran a ellos mismos. He ahí el significado del adagio que encabeza esta columna.
Me genera mucha preocupación y desilución ver un panorama que no va a cambiar. Todo lo queremos solucionar acudiendo al derecho penal, pero es que acudimos abusivamente como sociedad y no bajo el entendimiento de como debe usarse la herramienta más agresiva del Estado. Cadena perpetua, proscripción de subrogados penales o la ultima cruzada sin piedad basada en la ignorancia en contra de la figura de la libertad por vencimiento de términos. Estos sentimientos no los genera en si mismo el contenido, sino por confirmar que existe un corto circuito total entre las tres ramas del poder público con el sistema carcelario colombiano. Por ejemplo, inicialmente necesitamos comprender que, por ejemplo la prisión domiciliaria no es un beneficio, es un derecho y aún con este concepto no se revela la totalidad del alcance de la figura. Los mal llamados y confundidos beneficios penales, que mejor, deben definirse como subrogados, tienen una función político criminal que impacta necesariamente el hacinamiento carcelario, este es, permitir descongestionar las cárceles cuando el recluso ha cumplido parte de su condena. Esta “pequeñez” parece olvidarse cuando se desarrollan leyes que se plantean sin ningún concepto de política criminal, donde se evidencien factores, en especial sociológicos fácticos del hacinamiento infrahumano colombiano.
No solamente es el ejecutivo, nuestro congreso se caracteriza por unas políticas punitivas completamente populistas, atendiendo a la coyuntura y no a los derechos humanos, donde pareciere que el preso pierde su condición digna y humana una vez cruza el umbral del centro carcelario, donde pareciere que la sombra del portón le arrebata sus derechos.
Finalmente, hoy hay pocos jueces y fiscales que se revelan ante esta situación, bien sea por presión mediática y punitiva, cuando, por ejemplo, no comprenden la excepcionalidad de la medida de aseguramiento intramural, situación que hoy nos tiene en supuestos donde ni siquiera se separan sindicados y condenados. Lo anterior, confluye con las herramientas, que cada vez más va recortando el congreso, desfigurando lo que alguna vez fue un sistema mixto de tendencia acusatoria y su esencia de justicia premial, cuando el sindicado evita el desgaste de la administración de justicia. (Hoy en temas de delitos sexuales con menores de edad y delitos contra la administración pública no aplica ningún “beneficio procesal”).
Y sí, es un despotismo ilustrado; se quiere legislar para el pueblo, pero sin tener en cuenta el presupuesto más básico sobre el que se erige nuestra constitución, la dignidad humana, que por
supuesto tiene cada uno de los presos de este país. No se nos olvide que de esa dignidad se desprende aquella función resocializadora de la pena, la que cada vez más se escapa por los muros derruidos de las prisiones. Cada vez es más utópico pensar en rehabilitar para la vida civil a un preso.
La medida para saber qué tan sub desarrollado es un país son sus prisiones, y si quiere ver un escenario dantesco conozca el hacinamiento, vaya a la Cárcel de Bellavista con un 283%; Pedregal 100%; o la joya de la corona en Riohacha con un 500% donde los reclusos tienen para vivir 60 centímetros per cápita a 38 grados, donde toca dormir por turnos y parados.
Existen más de 131.000 personas en las prisiones en Colombia, cuando tenemos un cupo para 80.000 personas.
Imagínese 50.000 personas en hacinamiento.
¿Es en serio que creemos que somos un país en desarrollo? O más bien preferimos dar la espalda a una situación que no queremos ver…
Juan José Castro Muñoz
CastroPelaez Asociados.
Socio