Soluciones

En mi columna pasada realizaba un símil bastante particular entre el despotismo ilustrado y la situación carcelaria en Colombia con la firme intención de demostrar como en nuestro país las políticas que pueden afectar el sistema penal y carcelario se realizan, posiblemente teniendo en cuenta algunos factores, pero nunca pensando en la realidad del hacinamiento las prisiones y de cómo este afecta a los que las habitan: sindicados y condenados.

Pero para no caer en la siempre nefasta critica no propositiva, me veo en la obligación de manifestarles a ustedes cuales son, al menos en mi criterio, las soluciones iniciales de este problema, o más bien, nomínemelo como se debe, una violación sistemática de los derechos humanos.

1. Despenalización de conductas: Hoy en día estamos cada vez más lejos de aplicar el derecho penal como ultima ratio. Aquel concepto quedo en el olvido cuando con la expansión del derecho penal se desvirtuó el efecto suasorio de las demás ramas del derecho. Una práctica nefasta que inició con el populismo punitivo y que se acentuó en la mayoría de operadores judiciales exigiendo cada vez más conductas tipificadas a costa de la fundamental finalidad de la pena, la resocialización. Un ejemplo de esta situación fue la tipificación de la inasistencia alimentaria (que podía perseguirse civilmente) en la que el reproche se fija en tener la obligación y fraudulentamente abstraerse del cumplimiento. A hoy, se tienen pabellones de la “leche” donde se encuentran condenados los padres, sin la posibilidad real de cumplir dicha obligación. Despropósito político-criminal desde una perspectiva sociológica. ¿Y si mejor, civilmente los condenamos a cumplir y dar herramientas de cumplimiento? Con la despenalización de conductas que puedan ser resueltas en otras jurisdicciones daremos el primer paso, ya que por favorabilidad gran cantidad de personas podrían salir de prisión.

2. Entendimiento del sistema y rehabilitación de derechos mal entendidos beneficios: En medio del populismo punitivo se ha desdibujado lo fundamental de un sistema acusatorio, el concepto de justicia premial. Trayendo este concepto a nuestro ordenamiento, implica aceptar la imposibilidad de llevar todos los casos a juicio, con lo que las personas procesadas, cuando colaboran en no desgastar el aparato jurisdiccional bien sea allanándose a cargos o en general colaborando con la justicia se les otorga una rebaja en su condena. Hoy en día personas investigadas por delitos sexuales en contra de menores o por delitos en contra de la administración pública no tienen ninguna prerrogativa, lo que nos lleva al desgaste innecesario del sistema judicial, a la congestión carcelaria y al aumento de las cifras de impunidad. Ya es hora que dejemos de buscar justicia meramente retributiva y evolucionar como sociedad, por ejemplo, mirar a Noruega donde Anders Breivik fue condenado por la peor masacre en la historia de ese país a 21 años. Asesinó a 71 personas. En el documental Where to invade next encuentran toda la historia, y una reflexión importante sobre el modelo punitivo que deberíamos imitar.

3. Finalmente, exijamos al Congreso que aplique las sentencias de la Corte Constitucional en la materia, en particular la T-762 del 2015 donde se reconoce el fracaso de las políticas penitenciarias y se le conmina a este a desarrollar de la mano del Consejo Superior de Política Criminal cualquier ley que afecte el sistema punitivo.

Estos serían los pasos iniciales, pero nos falta mucho más.

Destacado: “Ya es hora que dejemos de buscar justicia meramente retributiva y evolucionar como sociedad …”

Juan José Castro Muñoz
CastroPelaez Asociados.
Socio.

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