Abre los ojos. Se levanta preocupado en un mar de sudor, ansiedad y temor. Sudor por el miedo que en su sueños y pensamientos refleja una enfermedad. Ansiedad por pensar en lo que vendrá y naturalmente el temor por no poderlo solucionar. En medio de su letargo, toma su celular con la mano derecha, lo desbloquea y busca respuestas a su sentir. Su patología no es clara, pero concluye que debe someterse al escrutinio médico. En el fondo de su ser sabe que esta gravemente enfermo, pero, el trasegar de la vida entre enfermedades que solo empeoran, lo han llevado a tener una desconfianza gigantesca en los médicos de aquel país al que algún día llegó pensando en cumplir con un rol que pudiera garantizar paz y justicia a esa sociedad doliente por la impunidad.
Con el desaliento y la ansiedad del miedo al futuro y a un diagnostico predicho, a regañadientes, acude donde sus galenos. Espera con paciencia, la que forjo en este país, una solución a sus dolencias. Después de la larga espera acude a sus médicos, a sus reformistas, con la una levísima esperanza, típica de aquel que tercamente se aferra a la vida buscando una cura distinta.
Al entrar, se percata que hay diferentes autoridades en una junta médica. Se sentó en el banquillo cuasi panóptico e inició la diatriba magistral de cada uno de los miembros de la junta. Todos tenían conceptos diferentes, pero solo concluían en la misma solución. Reforma. El, derrotado, se resignó a ser el Frankenstein de dichos médicos que no lo conocían desde su nacimiento y no tenían idea alguna de su funcionamiento. Con tristeza espera una pena de muerte, una anticipada por los pésimos diagnósticos y tratamientos desatinados sobre sus dolencias. El sabe que, en el fondo, el problema es la impunidad.
“El”, es el sistema penal colombiano. Los médicos, naturalmente, son las autoridades que son competentes para, de un lado, presentar iniciativas legislativas para su modificación y del otro los que deciden sobre dichas iniciativas de reforma.
La metáfora que les expuse refleja, en mi criterio, la realidad del sistema penal colombiano. Desde consultas populares, actos legislativos, leyes ordinarias, decretos y directrices se presentan para modificar el sistema de persecución penal durante el año.
Siempre apuntamos a lo mismo, endurecer penas, eliminar garantías, buscar más eficientismo, eliminar subrogados procesales y penales ¿Con cual objetivo? Exacerbar una visión del derecho penal absolutamente fracasada en nuestro contexto, la prevención general negativa, y de paso tender cada vez más a la inconstitucional prevención especial negativa. La primera se puede explicar fácilmente como el mecanismo mediante el cual el Estado busca que se cumpla la ley penal a través del miedo a la pena, con esto “a penas más altas menos delito”. La segunda noción, en palabras generales, se explica al considerar que la pena solo tiene como función alejar al delincuente de la sociedad y aislarle de esta para protegerla.
Año tras año los censos criminales evidencian el fracaso de estas iniciativas porque independientemente de la finalidad político criminal de cada una de estas iniciativas, estas no se pueden aplicar, ya que, el sistema, como ser doliente sabe que el problema no esta en la severidad de las penas o el sistema procesal, la cuestión está en la impunidad.
Obviamente, si se hace una consulta popular, los colombianos votaríamos que sí queremos acabar con este flagelo. Pero ¿será necesario gastar 50.000 millones de pesos para preguntarnos si el agua moja? ¿O para preguntar por propuestas que ya están en nuestras leyes? Hoy, la legislación contempla casi todas las ‘novedosas’ propuestas de quienes
buscan titulares de prensa: 1) La exigencia de que para posesionarse o ejercer un cargo deban publicarse anualmente las declaraciones de renta está en el artículo 13 de la Ley 190 de 1994; 2) En la actualidad es posible no solo terminar, sino declarar nulo un contrato por corrupción; 3) El artículo 13 de la Ley 1474 del 2011 eliminó los beneficios para casos de corrupción, salvo que exista colaboración efectiva comprobada con la justicia; y 4) La inhabilidad de por vida a los condenados por corrupción ya existe desde el acto legislativo 01 de 2009. Etcétera.
La aplicación del Estatuto Anticorrupción del 2011, con medidas serias y no histéricas, ya está dando resultados: 1) Penalizó a los lobistas tipificando el tráfico de influencias de particular, con lo que se podría sancionar a todas las personas que hicieron lobby para favorecer a Odebrecht; 2) Tipificó la administración desleal y la corrupción privada, delitos que se han investigado en el caso Interbolsa; 3) Contempló sanciones contra la corrupción en la salud que hoy sirven para investigar a decenas de EPS; 4) Prohibió la ‘puerta giratoria’; y 5) Creó el proceso verbal de responsabilidad fiscal, con el que se ha podido sancionar a decenas de funcionarios por el ‘carrusel’ de la contratación. Medidas concretas, con resultados visibles, que han facilitado la investigación de los casos más sonados de corrupción.
Destacado: “es claro que las mayores deficiencias en el ejercicio… se dan por las personas que ya tienen tarjeta profesional no por las que aún no se les ha expedido”.
Juan José Castro Muñoz.
CastroPelaez Asociados.
Socio.