Cuenta la mitología griega que a bordo de los típicos trirremes de la época soldados griegos se perdieron en el estrecho de Mesina, cuando las sirenas caídas en desgracia, después de su lucha épica con las Musas, utilizaban su voz dulce y atractiva para atraerlos y que estos perdieran sus vidas a manos de los monstruos Escila y Caribdis.
Y en este país macondiano, donde nuestro nobel logró plasmar con asombrosa particularidad, nuestra realidad social, el mejor mecanismo para explicar la realidad es con metáforas y símiles.
Por supuesto en este caso utilizaré un símil. En la campaña política actual, los soldados somos la sociedad, que receptivos a los cantos, nos dejaremos llevar por aquellos que representen nuestros intereses. De otro lado están las sirenas, que en el ejercicio proselitista buscan convencer a los ciudadanos, con base en sus propuestas para desarrollos legislativos o planes de gobierno en el caso de los candidatos a la presidencia de la república. En el paradigma democrático los ciudadanos deben escoger con base en dichas propuestas.
Ahora, mantengamos la idea del mito y traigámoslo a tiempos reales de la mano del acceso a la información. Las propuestas o cantos de sirena deberían tener un sustento real o una fundamentación jurídica que permita su realización, ya que, de no serlo, sería un insulto mismo a la inteligencia de la gente valiéndose de la buena de del electorado se proponen supuestos inalcanzables, cantos de sirena que solo instrumentalizan a la población con la finalidad de lograr objetivos personales bajo desarrollos legislativos utópicos. Y me refiero en concreto a propuestas como la pena de muerte, la prisión perpetua, la castración química, la eliminación de la prisión domiciliaria, entre otras.
Este tipo de proselitismo se denomina punitivo toda vez que en el ejercicio político se prometen reformas penales y procedimentales, ideales de justicia y cambios constitucionales, bajo un esquema de prevención general negativa, los cuales, han sido declarados inconstitucionales por la Corte Constitucional y proscritos al nivel internacional desde la Declaración Universal de los derechos del Hombre, Declaración Universal de los Derechos Humanos, La Convención de San José de Costa Rica hasta nuestra Constitución Política.
En estos instrumentos, la dignidad humana es la piedra angular del entendimiento de un sistema de derechos, los cuales serían proscritos por estas reformas, ya que, se estaría instrumentalizando al ser humano en caso de las penas perpetuas, de muerte o castraciones; nos devolveríamos al concepto del individuo como medio para alcanzar fines estatales (propio de estados socialistas y nacional socialistas, los que presumimos superados) y no, como nuestra tradición jurídica lo exige y no es otra que el Estado es un medio para garantizar los derechos de la personas, desvirtuando el derecho penal como límite a la herramienta más agresiva que una comunidad política le entrega al Estado transformándolo en una quimera voluble a la idea de gobierno. Y no como último, pero si para terminar mi idea, existen fundamentos político-criminales que justifican la prisión domiciliaria ya que esta permite disminuir los costos económicos del mantenimiento de los presos, el hacinamiento carcelario y naturalmente mejora las condiciones mínimas en las que una pena debe ser expiada para los delitos menos graves o cuando los condenados han evacuado la mayoría de su condena.
Sea como Orfeo y Odiseo y no caiga en cantos de sirena.
Destacado: “Las propuestas o cantos de sirena deberían tener un sustento real o una fundamentación jurídica que permita su realización”.
Juan José Castro Muñoz.
CastroPelaez Asociados.
Socio